¿QUÉ ES UN CONTRATO DE TRATAMIENTO (CT)?
Equivale al antiguo «documento de aceptación» del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.
Se trata de un documento de naturaleza contractual jurídico-privada, suscrito entre el productor o poseedor de los residuos y el operador del traslado.
En este contrato deberá estipularse, como mínimo, la cantidad estimada de residuos que se van a trasladar, su identificación mediante codificación LER, la periodicidad estimada de los traslados, el tratamiento al que se va a someter los residuos, cualquier otra información que sea relevante para el adecuado tratamiento de los residuos y las consecuencias jurídicas de la no conformidad del traslado con lo establecido en el propio contrato de tratamiento.