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¿QUÉ ES UNA NOTIFICACIÓN PREVIA DE TRASLADO (NT)?

Todo traslado de residuos destinado a eliminación debe notificarse previamente, ya que, por la naturaleza de los residuos o por el tratamiento al que se someterán, deben ser previamente puestos en conocimiento de las administraciones afectadas, con el fin de que puedan, si hay razones que lo justifican, oponerse a los mismos.

A diferencia de las antiguas Notificaciones de Traslado, con la entrada en vigor del RD 180/2015 de 13 de marzo, actualmente se puede efectuar una notificación general con una vigencia de tres años para residuos de similares características físicas y químicas que vayan a un mismo destinatario e instalación.